jueves, 17 de marzo de 2011

Macri y Bullrich: La evaluación como eufemismo de la flexibilización salarial docente.

La misma gestión que ha profundizado la precarización laboral mediante el uso indiscriminado de contratos fraudulentos de locación de servicios u obra (el típico “negreo”); que ha fracturado y precarizado el Estatuto Docente legalizando el “ministerio paralelo” mediante el Área de “Programas Socioeducativos”, que viola el Estatuto Docente ignorando áreas constituidas como la de Servicios Profesionales y manteniendo en la precariedad eterna a centenares de interinos y de trabajadores de planta transitoriadocente, se dispone ahora a profundizar la precarización del salario docente aplicando una variante del trabajo a destajo a través de propuestas de evaluación individual del desempeño docente.
En su discurso del 1º de marzo en la Legislatura, Macri transparentó su decisión de constituir una “Agencia de Evaluación de la Calidad Educativa”. Esta expresión del jefe de gobierno remata las de su ministro de educación, Esteban Bullrich, que desde fines del año pasado viene instalando la idea de “atar salarios a evaluación y capacitación docente”. La noción de “evaluación educativa” que maneja el macrismo queda, de esta manera, completamente expuesta: se trata, llanamente, de una política de regulación del salario mediante mecanismos que produzcan su flexibilización, en el marco de una propuesta privatizadora.



Un antiguo proyecto del PRO
Esta es una antigua aspiración del partido de gobierno: el mismo Bullrich se expedía taxativamente sobre este asunto en el Proyecto de Ley Federal de Educación que presentó en 2006 cuando era diputado nacional por el PRO [1]. Tal proyecto debe ser considerado un antecedente directo de las políticas que, hoy, anuncian Macri y Bullrich desde el GCABA.
Allí, se establecía que los docentes tendrían derecho a “percibir una remuneración justa por sus tareas y capacitación, que no podrá ser menor al salario mínimo, vital y móvil y a otros conceptos, y que podrá incrementarse por la consecución de los objetivos educativos que establezcan los reglamentos de cada unidad escolar” (Art. 48, inciso d, cursivas nuestras).
El mismo proyecto de ley postulaba la creación de incentivos salariales y fondos para la capacitación docente financiables por el sector privado y administrados por las unidades escolares que crearían su propio “reglamento de incentivo” (Art. 43). De este modo se “ataba” una parte del salario docente al “cumplimiento de objetivos”, es decir a una cierta “productividad” del trabajo. Se establecía la necesidad de sujetar “la educación a metas exigentes: estándares curriculares demandantes, indicadores representativos y exámenes externos”, incluyendo la evaluación externa y la participación del país en “competencias educativas internacionales” (Arts. 51, 52 y 53).
La “remuneración justa”, en aquel proyecto de ley, implicaba un salario compuesto por una parte fija “no menor” al “mínimo, vital y móvil” y por una parte variable, proporcional a ciertos “rendimientos” evaluados en base a “estándares”, financiable con aportes del sector privado, lo que constituye ni más ni menos que una pauta salarial taylorista que, entre otras cosas, entra en flagrante contradicción con el Estatuto Docente de la Ciudad de Buenos Aires, las leyes laborales vigentes y con la lucha de los trabajadores por la unificación y blanqueo, en el salario básico, de todos los rubros que componen el salario mínimo.
Lo mismo que en el discurso de Macri en la Legislatura, esas políticas de “evaluación” requieren de una “agencia”. En su Título IX, Capítulo II, el proyecto de Bullrich creaba una “Auditoría Federal de Evaluación Educativa”, “órgano de auditoría externa” a cargo de verificar “el nivel de aprendizaje de los alumnos, y la calidad de la formación docente”.
Regimentación del trabajo docente y flexibilización salarial
En el fondo del asunto, estas concepciones se basan en el supuesto de laresponsabilización individual de los trabajadores de la educación por la calidad y hasta por el sostenimiento de la educación pública - la misma idea que, de manera más bestial y sin tecnicismo alguno, expresó el funcionario Carlos Pirovano en su defensa del sistema de vouchers.
Lo que debe quedar completamente claro es que Macri y Bullrich no están hablando de la “calidad” ni de la “mejora” de la enseñanza sino de la regimentación del trabajo docente, cargando sobre los trabajadores individualizados toda la responsabilidad sobre los “resultados” de la enseñanza y, en consecuencia, flexibilizando el salario en función de una cierta “productividad” individual.
La contrapartida de este régimen de trabajo es simplemente la des-responsabilización del Estado en el sostenimiento de una política pública-estatal. La responsabilización individual del docente justificaría, por ejemplo, la desinversión educativa pública, eludir el aseguramiento de las condiciones materiales e institucionales de la enseñanza, etc. De conjunto, el mencionado Proyecto de Ley de Bullrich y las actuales declaraciones de diferentes funcionarios hacen un uso ideológico de las nociones de “autonomía escolar” y de “vínculo con la comunidad” para justificar, una vez más, una política de privatización y de descarga de las responsabilidades del Estado en unidades individuales - el establecimiento educativo, el docente, el alumno, etc. -, transfiriendo a las escuelas y a los docentes las responsabilidades de financiamiento y promoviendo la intervención del sector privado en la vida de las instituciones educativas, y la búsqueda de “competitividad” según estándares de “calidad” y de eficiencia en el gasto [2].
Tal política tiene, como condición necesaria, la limitación de la acción reivindicativa de los trabajadores de la educación, cuestión sobre la que Bullrich se expresaba enfáticamente en los Fundamentos de su Proyecto de Ley, donde exigía a los docentes “el deber ineludible (…) de comprometerse a que el ejercicio de su profesión sólo puede interrumpirse en casos excepcionales de fuerza mayor: los alumnos no pueden ser rehenes de demandas sindicales, ni se debe ocultar la realidad de la pérdida de días de clase bajo el pretexto de promociones escolares generales”. En el Art. 49 inciso (f) fijaba, como uno de los “deberes” de los docentes, la autolimitación del derecho de huelga.
Un laboratorio de la “evaluación”: el Programa Mi Mejor Clase
Los primeros experimentos del Ministerio de Educación en materia de evaluación docente han echado mano a modelos y técnicas claramente sustentadas en estos principios y orientaciones políticas. Tal ha sido el caso del Programa Mi Mejor Clase, organizado por la Dirección General de Planeamiento Educativo y ejecutado durante 2010 con docentes de 6º grado de Primaria y de 3º año de Secundaria.
Dicho Programa establece la evaluación del desempeño en base a una programación de una clase de un docente. Un jurado evalúa al docente individualizado y su programación, haciendo completa abstracción de las condiciones pedagógicas e institucionales de la escuela en la que se imparte la clase, las planificaciones de medio y largo plazo y su inscripción en procesos de construcción colectiva institucional, las interacciones e intervenciones de alumnos y docentes, las condiciones de trabajo (por ejemplo: ignorando la carga total de trabajo del docente cuya programación se evalúa), etc.
Durante 2010 la participación de docentes en el Programa fue voluntaria. Pero altos funcionarios del Ministerio conducido por Bullrich ya han anunciado que la propuesta metodológica de este Programa se constituirá en el instrumento para la evaluación del desempeño docente en la Ciudad de Buenos Aires, pasando de su fase experimental a su aplicación generalizada como política de Estado.
“Evaluar” responsabilidades y cumplimientos
Por último, quienes efectivamente estamos comprometidos con lo público, con la enseñanza y su mejora, entendemos que es necesario exigir que el Estado cumpla con sus obligaciones en relación con la inversión en la escuela pública y el sostenimiento del derecho de todos al acceso a la educación, garantizando las condiciones de materialización de los procesos de enseñanza y aprendizaje tanto como las condiciones de trabajo docente. No es visible este cumplimiento por parte de la gestión macrista, que desde sus inicios ha subejecutado el presupuesto educativo, provocando sucesivas crisis en el sistema y poniendo de manifiesto a cada paso su escasa voluntad de solucionarlas.
E insistimos: resulta por lo menos incongruente que pontifique sobre evaluación de la calidad docente la gestión que se niega a hacer pública la información sobre la cantidad de contratos de locación de servicio y obra que ha generado en el ministerio así como la nómina de contratados en Planta Transitoria Docente, y que lideró la aprobación de una ley que, a cambio de la titularización que es nuestro derecho, enviaría al interinato por tiempo indeterminado a cientos de docentes en un “área” que impide su correcta clasificación y participación con arreglo a Estatuto.
Pese a que, en la apertura del ciclo lectivo 2011, el ministro Bullrich expresó su deseo de que este año “la política no meta la cola”atar salario a “evaluación de calidad docente” es una política claravaciamiento de las áreas del Ministerio,desfinanciamiento de la educación pública, ataque a los derechos laborales,privatización, todo con la pretensión de que estos avances sean tolerados sin conflicto ni respuesta.
Estas iniciativas de Macri y Bullrich actualizan la necesidad de continuar la lucha: por la completa recomposición del salario, incorporando al básico todas las sumas “ad hoc” con las que se “dibuja” el salario mínimo; contra todo intento de flexibilizar los salarios incorporando sumas variables, premios y castigos “según desempeño”; y por la estabilidad laboral de todos los trabajadores contratados del ministerio, que sólo la titularización garantiza.
Difundamos y discutamos los alcances de este intento privatista en los distintos ámbitos de la comunidad educativa de la C.A.B.A. No a la evaluación privatista, si a la escuela pública, laica y gratuita.
En este enlace podés descargar el presente documento en formato .pdf, colaborá con su difusión.







[1] Referencia: BULLRICH, ESTEBAN JOSE - BURZACO, EUGENIO - JEREZ, EUSEBIA ANTONIA - MARTINI, HUGO - BERTOL, PAULA MARIA - PINEDO, FEDERICO. “LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN”, Expediente Nº 5557-D-2006, Trámite Parlamentario 138 del 22/09/06.

[2] El proyecto de ley expresaba, en sus fundamentos: “Respecto del financiamiento proponemos un viraje sustancial mediante el cual podamos determinar el costo de la educación por escuela y por alumno. Tal afirmación importa reconocer que la educación de gestión estatal o privada no es gratuita para los ciudadanos, sino el resultado del esfuerzo de los contribuyentes y el Estado debe asumir el financiamiento de la educación de manera responsable”. 

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